14 de febrero de 2022 / Corporativo / por Mauricio Aguirre y Federico de Palacio
El 23 de febrero de 2021 se presentó una iniciativa de reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) y al Código Civil Federal (CCF) para poder celebrar Asambleas telemáticas (a través de medios tecnológicos o de comunicación), este tema, en caso de materializarse en ley, cobra gran relevancia en consideración de lo siguiente:
La LGSM se promulgó en un lejano 1934 y si bien, ha tenido múltiples reformas, estas no se han ajustado del todo a las necesidades operativas actuales de las sociedades y mucho menos toman en cuenta los avances tecnológicos que facilitan muchos de sus procesos.
Como ejemplo de la adaptación de la legislación a la tecnología recordemos que en 1928 se incluyó en el CCF la contratación vía telefónica, tecnología novedosa para ese punto; o bien, poco más de setenta años después, en el 2000 fue reformado el Código de Comercio (CC) para regular el uso de medios electrónicos en materia de contratación, tomando como base la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil, siendo otra muestra de la posibilidad e importancia de regular la celebración de actos jurídicos mediante el uso de la tecnología.
Validar actos a distancia tendría beneficios inmensurables, más aun sabiendo que la tecnología ya lo permite. Tomando en cuenta la contingencia sanitaria mundial por la que atravesamos y las limitaciones que provocó para las congregaciones de personas, tener los medios tecnológicos para darle legalidad a determinados actos es una necesidad indiscutible.
La legislación actual establece que las asambleas de socios, eventos en donde se toman las decisiones más importantes de las empresas, tienen que celebrarse presencialmente en el domicilio de estas, siendo nulas todas aquellas que no cumplan con ello. Se estableció así originalmente ya que, al pasar la lista de asistencia, se garantizaba que quienes participaban eran socios y que había un foro accesible para todos.
Ahora bien, la iniciativa busca que las asambleas puedan celebrarse a distancia y brindar la misma certeza que las reuniones presenciales, para ello, podrían apoyarse de medios electrónicos (reconocimiento por voz, uso de huella o firma digital, entre otros) para así proteger a los participantes mediante la adecuada validación de sus identidades y brindándoles incluso una mayor certeza jurídica al aprovechar estos mecanismos adicionales de seguridad.
Continuar con esta propuesta también podría incentivar a socios (nacionales o extranjeros) a participar activamente en empresas mexicanas, aun viviendo fuera de México, beneficiándose así de estándares de seguridad a la altura de países de primer mundo, además de tener procesos ágiles de celebración de asambleas de socios de las que formen parte.
Sin duda, es posible y deseable crear este cambio beneficiado por la tecnología actual y futura para resolver las necesidades operativas de las sociedades en México. Si bien, los legisladores tienen la intención de establecer las bases para el mayor aprovechamiento de la tecnología, serán las propias sociedades las que tendrán la oportunidad de establecer sus propios métodos que garanticen de mejor forma los derechos de sus socios. Todo ello, siempre y cuando, esta iniciativa no quede en el olvido.
Mauricio Aguirre y Federico de Palacio
Para más información sobre
Derecho Corporativo, escríbenos a:
maguirre@bgbg.mx y fdepalacio@bgbg.mx
Visita el área de
Corporativo