21 de abril de 2021 / TMT
El pasado 16 de abril se publicó en el Diario Oficial el decreto por el que se reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para crear el Padrón Nacional de Telefonía Móvil.
Este Padrón será operado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y estará conformado por los datos de personas físicas o morales que sean titulares de cada línea telefónica móvil, incluyendo:
- número,
- fecha y hora de activación,
- nombre / denominación social,
- nacionalidad,
- número de identificación oficial,
- datos biométricos,
- domicilio,
- datos del concesionario o autorizado y
- esquema de contratación.
Se estableció que este Padrón su único fin es el de colaborar con las autoridades en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos.
El registro será obligatorio para cada usuario, pudiendo los concesionarios o autorizados recabar la información a través de medios digitales.
Otras obligaciones adicionales son el realizar la suspensión y bloqueo del servicio a aquellos equipos o dispositivos reportados como robados o extraviados y realizar el aviso correspondiente en el Padrón.
Habrá sanciones a los concesionarios y autorizados en el caso de registros extemporáneos, no realizar el registro o sus modificaciones, hacer uso indebido de la información, alterar u omitir información y utilizar la información obtenida con fines de lucro.
Para todas las líneas dadas de alta con anterioridad, los concesionarios y autorizados tienen un plazo de dos años para realizar el registro correspondiente.
Las sanciones por dichas conductas pueden ir de los $1,800.00 pesos a $1,344,300.00 pesos o de dos a tres veces el lucro obtenido en el supuesto de lucrar con la información obtenida.
Para la implementación de este Padrón los concesionarios y autorizados deberán correr con los costos de implementación, mantenimiento y operación.
El IFT deberá emitir los lineamientos correspondientes al funcionamiento del Padrón dentro de un plazo de 180 días naturales, debiendo los concesionarios y autorizados comenzar a realizar los registros seis meses después de la publicación de los lineamientos.
En BGBG hemos analizado los alcances e implicaciones de este Padrón, tanto para concesionarios y autorizados, como para los usuarios de telefonía móvil, por lo que con mucho gusto podemos ayudarlos a implementar las estrategias de cumplimiento o de defensa que mejor se ajusten a sus necesidades.