15 de abril 2020 / COVID-19 / Telecomunicaciones
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
En materia de importación de mercancías sujetas al cumplimiento de las NOM, ¿A partir de qué fecha se podrán llevar a cabo importaciones de mercancías con las solicitudes que hayan ingresado ante el Organismo de Certificación (OC) o Unidad de Verificación (UV)?
A partir del 27 de marzo de 2020, para lo cual, se deberá emitir el acuse de recibo con el folio correspondiente, mismo que el importador deberá declarar en el pedimento.
¿Qué requisitos deben cumplir las solicitudes de importación del Organismo de Certificación o Unidad de Verificación?
Los OC y UV deben dar de alta las solicitudes cumpliendo con los requisitos del Sistema Normas-Aduanas, y los folios de las solicitudes deberán contener en sus últimos caracteres el sufijo “SOL”.
¿Se podrán importar mercancías que no se encuentren listadas en el numeral 5 del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial (PROSEC)?
Sí, los importadores que cuenten con PROSEC podrán importar mercancías, aún y cuando las mismas no se encuentren listadas en el numeral 5 del Decreto PROSEC, sin tener que demostrar el cumplimiento con Normas Oficiales Mexicanas en el punto de entrada al país.
¿Qué pasa si no se obtiene el certificado del producto a través del Organismo de Certificación o Unidad de Verificación?
En este caso, no se podrá seguir importando con el folio proporcionado por el OC o UV, lo anterior, sin perjuicio de que las autoridades tomen medidas o dictamen de las sanciones correspondientes conforme a sus respectivas atribuciones, el cual también debe ser indicado por el OC o UV tan pronto detecte la suspensión o cancelación del proceso de certificación de producto, para realizar la baja inmediata correspondiente.
Fuentes:
- Importación de mercancías sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas en el punto de entrada al país.
Consultable en: https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/NOM_CONTINGENCIA-noms_20200326-20200326.pdf
- Página oficial del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior.
Consultable en: